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Santa Fe
Facilidades de pago hasta el 28 de septiembre
Ingresan las deudas tributarias hasta el 30 de noviembre del año pasado. Convenios hasta 36 cuotas.
El gobierno de Santa Fe implementó un Régimen de Facilidades de Pago producto de la aparición del Coronavirus, la pandemia, el aislamiento y las consecuencias económicas. La idea tiene como objetivo facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La vigencia es del 1 de julio pasado y hasta el 28 de septiembre próximo. Los deudores podrán pagar al contado o con moratoria de hasta 36 cuotas los siguientes impuestos:
– Aportes al Instituto Becario.
– Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.
– Impuesto especial previsto en el artículo 2 de la Ley 13.582.
– Impuesto de Sellos.
– Contribución de Mejoras (Reglamentado por Catastro).
– Impuesto a las Actividades Hípicas – Ley 5317.
– Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
– Impuesto Inmobiliario Urbano, Suburbano y Rural.
– Patente Única sobre Vehículos.
– Tasas Retributivas de Servicios.
Quedan excluidos los contribuyentes que hayan sido pasibles de una requisitoria de acusación en su contra presentada ante el Juez de la Investigación Penal Preparatoria en los términos de los artículos 294 y 296 del Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe. Agentes de Recaudación del Sistema de Recaudación y Control de acreditaciones bancarias SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no. Agentes de Retención y/o Percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco. Los planes de facilidades de pago formalizados en los términos de la Ley 13976.