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Arroyo Seco 08/06/2020

Toda la información acerca de la manera en que también otros rubros pueden trabajar durante el aislamiento.

Toda la información acerca de la manera en que también otros rubros pueden trabajar durante el aislamiento.



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La Municipalidad de Arroyo Seco informó que las empleadas y empleados de casas particulares, deberán cumplimentar con las medidas de prevención sanitaria y el distanciamiento personal, siempre que se resolviera el traslado sin el uso del transporte público de pasajeros.
También se dispuso la apertura de las siguientes actividades:
● Permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe, de lunes a sábados de 10.00 a 20.00.
● Actividad aseguradora, a puertas cerradas, con la dotación mínima de personal necesario, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota. La misma deberá desarrollarse de lunes a viernes de 09.00 a 19.00.
● Actividades de cobranza a domicilio, de lunes a sábados de 08.00 a 19.00.
Los empleadores excepcionados deberán adoptar, implementar y publicar en un lugar visible establecimiento un Protocolo de Seguridad e Higiene en conjunto con su Servicio de Medicina del Trabajo e informando al Comité Mixto de Salud y Seguridad o Delegado de Prevención, en un todo conforme con la Resolución Nro 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe, bajo apercibimiento de ley.
El incumplimiento de lo dispuesto hará al responsable pasible de clausura por entre 5 y 30 días corridos como medida cautelar, sin perjuicio de las sanciones administrativas conforme la Ordenanza Nro2451/16 y modificatorias, y penales que pudieren corresponder.
● Todo el personal que trabaje en atención al público debe usar barbijo, tapaboca y gafas en su defecto.
● Limpieza obligatoria y frecuente de cada local, de todos los insumos y muebles de contacto que existan en cada uno de ellos.
● Uso de lavandina al 0.2% y alcohol al 70% en superficies planas.
● Respetar la distancia permitida entre persona y persona y el máximo permito de ingreso en cada uno de los locales.
● Evitar conglomerados de clientes
● Evitar cantidades de personal trabajando en cada uno de los comercios y/o locales permitidos.
● Los choferes de remises deben usar barbijo.
Toda actividad y/o rubro que no esté comprendido dentro de las actividades permitidas, no podrán abrir sus puertas ni hacer delivery alguno, bajo pena de clausura y/o multa que pudieren corresponder.
El horario a cumplir es de 08.00 a 19.00 y con ciertos requisitos:
- Supermercados, comercios minoristas y mayoristas, sistema de cobro rápido, mutuales y cooperativas de crédito: conformes protocolo de salud y seguridad en el trabajo.
- Lavadero de autos: de 08.00 a 13.00 con turno previo.
- Veterinarias, madereras, lavanderías y corralones: de 08.00 a 19.00. conformes protocolo de salud y seguridad en el trabajo y recomendaciones de la Municipalidad.
- Farmacias: 08.00 a 19.00. Farmacia de turno 24 hs.
- Estaciones de servicios: horario habitual. No está permitido descender del vehículo, salvo carga de GNC.
- Bancos: según reglamentación de BCRA.
- Talleres mecánicos, talleres de reparación de motos y bicicletas, gomerías: de 08.00 a 19.00 conforme protocolo de seguridad laboral.
- Correo: 08.00 a 19.00.
- Remiserías: horario habitual. Sólo 1 pasajero a bordo o 2 si conviven en el mismo lugar.
- Viveros, planterías y florerías: de 08.00 a 19.00 conforme protocolo de seguridad y salud laboral del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Pcia. De Santa Fe.
- Sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, partidos políticos, administración de entidades deportivas: de 08.00 a 19.00 a puertas cerradas, con dotación mínima de personal necesario que pueda concurrir sin utilizar transporte público y con turno previo.