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Villa Constitución 28/09/2020

Nuevas medidas y horarios

El Comité de Operaciones de Emergencias dispuso de diferentes acciones después del decreto provincial que incluye a nuestro Departamento.



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Se reunió nuevamente el Comité de Operaciones de Emergencias (C.O.E), encabezado por el Intendente Jorge Berti para evaluar y analizar las nuevas medidas del Decreto Provincial Nro. 1010/20. El Comité solicita a todos los vecinos “que pongamos la mayor responsabilidad en el respeto de todas las normas, del mismo modo a quienes administran locales de todo tipo siempre la mayor exigencia en los cuidados y aplicando los protocolos sanitarios correspondientes, en virtud del preocupante aumento de casos positivos en la ciudad”.
Se dispuso una nueva modalidad de convivencia en pandemia con estrictos protocolos. Desde las 00.00 del 26 de septiembre y por 14 días, en las localidades de Santa Fe y santo Tomé y en los departamentos Rosario, Constitución, Caseros y General López.
¿Qué se puede hacer?
Comercios mayoristas y minoristas: hasta las 20.00 y que no coincidan con horarios bancarios.
Locales gastronómicos, bares, restaurantes y heladerías:
- Con concurrencia de personas hasta las 24 hs. y con ocupación del 30% del local en superficies cerradas.
- Envíos a domicilio (delivery) hasta las 24 hs.
Exclusivamente para Rotiserías:
- Servicio para llevar (Take away) hasta las 20.00.
- Envíos a domicilio (Delivery) hasta las 24 hs.
Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias: de hasta 30 personas.
Obras privadas: hasta 10 (diez) trabajadores, profesionales o contratistas.
Servicio de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes.
Actividades de inmobiliarias y mudanzas: hasta las 20.00 hs y que no coincidan con los horarios bancarios.
Práctica deportiva: de deportistas olímpicos y profesionales con autorización nacional.
Salas de grabación y en sayo: preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.
Actividad notarial: necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con personas indispensables y evitando reuniones.
Servicio de peluquería, manicuría, cosmetología y podología: con turno previo y una ocupación máxima del 50% de ocupación del local.
Ejercicio de profesionales liberales: sin atención al público, excepto profesionales del Arte de Curar.
Servicio de personal doméstico: sin la utilización del transporte público de pasajeros.
Actividades físicas y deportivas en clubes, gimnasios y complejos deportivos: que no impliquen contacto físico entre los participantes, disponiendo un sistema de turnos. Sin habilitar espacios de uso común y vestuarios.
Actividades físicas individuales en espacios públicos: con distanciamiento social y evitando la aglomeración de personas.
Salidas breves para caminatas de esparcimiento: sin extenderse más allá de las 20.00 hs.

¿Qué no podemos hacer?
Pesca deportiva y recreativa: modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.
Museos, bibliotecas y lugares recreativos: de divulgación científica, públicos o privados.
Enseñanza disciplinas artísticas: en forma particular por un docente o artista, un espacio colectivo, institución o establecimiento.
Actividad artística y artesanal: a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
Actividades administrativas: sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.